domingo, septiembre 26, 2010

IMPORTANTE PARA LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Ó VECINOS


La CMT afirma que las comunidades de vecinos pueden compartir una red de telecomunicaciones sin registrarse como operadores
Se les permite contratar el acceso a Internet con una compañía y distribuir su señal a todos los miembros

Fecha de publicación: 22 de septiembre de 2010
Una resolución aprobada en la última reunión del consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) establece que las comunidades de vecinos pueden compartir una red de telecomunicaciones a través de conexiones inalámbricas WiFi o PCL sin tener que registrarse como operadores. Los vecinos pueden contratar el acceso a Internet con una operadora y distribuir su señal a toda la comunidad a través de PLC (cable de la luz) o redes inalámbricas WiFi.

La CMT responde así a una cuestión planteada en marzo de 2009 por un particular que preguntaba si una comunidad podía dar ese servicio en régimen de contraprestación y sufragarlo por todos los vecinos, que contarían con una clave de acceso. El regulador analiza en su contestación la situación en distintos países y constata que en varios no es necesario que la comunidad se registre como operador.

La comisión concluye que el régimen de notificación y registro sólo es de aplicación para quienes presten servicios a terceros. En este caso es una autoprestación, no hay ánimo de lucro, la red y el servicio no están abiertos al público en general y la comunidad no se hace responsable del servicio ni ofrece atención al cliente, por lo que no necesita registrarse como operador, afirma.

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