viernes, julio 23, 2010
EL USO DE INHIBIDORES DE RADARES PODRÁ SUPONER EL DECOMISO DEL VEHÍCULO.
La reforma del Código Penal también contempla esa medida para los trucajes del tacógrafo
La utilización de inhibidores de radar o trucar el tacógrafo podrán ser una causa objetiva para decomisar un vehículo a su propietario, según señaló ayer el fiscal de sala coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas. La última reforma del Código Penal, aprobada recientemente, introduce el decomiso del vehículo como medida complementaria a las penas por delitos más graves contra la seguridad vial.
El fiscal dio a conocer en rueda de prensa en Madrid algunas "reflexiones" sobre los criterios que se van a utilizar para pedir el decomiso cuando entre en vigor la reforma el próximo 3 de diciembre. Será así un motivo para que un fiscal pida la retirada del vehículo las manipulaciones que alteren las condiciones legalmente prescritas para la circulación, la utilización de tacógrafos manipulados, de mecanismos como los inhibidores de radares u ocultar la matrícula, casos en que se evidencia "una relación criminológica" del conductor frente al coche, apuntó Vargas.
Vargas indicó que se tendrá en cuenta a la hora de decidir si se decomisa el vehículo la situación económica y personal del penado y, especialmente, la necesidad que tenga el infractor del mismo para desempeñar su trabajo. En cualquier caso, el fiscal destacó que no se va a "decomisar de manera indiscriminada" y que se hará "una valoración conjunta de todos los criterios". En este punto insistió en que se evaluará "caso por caso" y siempre con el objetivo de lograr la reinserción del conductor.
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