martes, febrero 12, 2013

INTERESANTE TANTO PARA LOS QUE TIENEN PERROS COMO PARA LOS QUE NO LO TIENEN.....


Comunidad de vecinos: el perro, fuente de conflictos


Eludir las molestias derivadas por tener un animal ayuda a lograr una convivencia satisfactoria con los vecinos
Ante cualquier polémica nacida en una comunidad de vecinos en relación a una mascota, como puede ser un perro, todos -dueño y resto de vecinos- acostumbrar a sentar sentencia con sus argumentos sin conocer, en muchas ocasiones, los derechos y obligaciones que tiene cada uno. Así, la responsabilidad de los dueños de los perros, los estatutos de la comunidad de vecinos y algunas leyes, determinan qué tipo de molestias causadas por el perro hay que evitarle a los vecinos.
Una de las obligaciones que tienen los dueños de un perro es la de no molestar al resto de los vecinos con quienes convive. Cada persona tiene un grado distinto de tolerancia con los animales: hay quien tiene miedo a los perros y otros que no soportan subir en el ascensor con él. Pero el respeto es fundamental para lograr una convivencia fluida con los vecinos. El dueño del perro es quien debe adaptarse a estas circunstancias. En el ascensor, por ejemplo, si se coincide con una persona que tiene miedo al perro, la solución es ceder el paso a ese vecino.

Los estatutos de la comunidad de vecinos

Los estatutos de la comunidad de vecinos pueden recoger la prohibición de la presencia de animales de compañía en el edificio. Sin embargo, priman los derechos individuales del dueño del animal, por lo que esta norma se puede impugnar. Los gabinetes jurídicos con los que cuentan algunas asociaciones de protección animal asesoran a los ciudadanos que así lo soliciten en estos casos.
La Ley 49/1969 sobre Propiedad Horizontal no prohíbe la tenencia de animales domésticos en las viviendas privadas. Sin embargo, los ayuntamientos sí pueden limitar el número de animales que se pueden tener en casa. Por su parte, el concepto y requisito para declarar un espacio como núcleo zoológico se recoge en la legislación de las comunidades autónomas. De esta manera, cuando en una vivienda hay cuatro o más perros, se suele exigir la declaración de núcleo zoológico. Con este requisito se pretende garantizar las correctas condiciones higiénico-sanitarias del lugar donde viven los animales.
El cumplimiento de la normativa municipal y de la comunidad autónoma, así como evitar las molestias derivadas de la convivencia con animales en el vecindario, son aspectos fundamentales para eludir problemas con la comunidad de vecinos.
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