viernes, marzo 27, 2009

LA JUBILACIÓN DE LOS AUTÓNOMOS


Cómo asegurarse una pensión de jubilación alta
Retrasar la jubilación más allá de los 65 años o abrir un plan de previsión en torno a los 35 son las mejores opciones para disfrutar de una economía saneada tras el retiro
Autónomos, un esfuerzo por cotizar más


Los autónomos son los trabajadores que más control tienen sobre su previsión de jubilación, ya que son ellos mismos los que eligen su propia base de cotización. Sin embargo, la tendencia es no aprovechar esta posibilidad al máximo, pues lo más común es que "dejen para mañana" su preocupación por el futuro. Así, la Seguridad Social estima que del total de trabajadores autónomos el 85% no supera la base mínima de cotización. El porcentaje asciende hasta el 91% cuando la edad es inferior a los 50 años, y hasta el 96,5% en aquellos que acaban de darse de alta. Por el contrario, los mayores de 50 años presentan una tendencia de cotización un tanto distinta: el 29% cotiza por una base superior a la mínima.
El problema de la infracotización, tan arraigado en el sector de los autónomos, se paga en el futuro cuando el profesional ya jubilado descubre que la pensión que le queda es mínima. Para evitarlo, conviene que los autónomos tomen conciencia del asunto y hagan un esfuerzo por aumentar su base de cotización en función de los ingresos que reciben. La Seguridad Social permite cambiar la base de cotización dos veces al año: una antes del día 1 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y la otra antes del 1 de octubre, con efectos del 1 de enero del año próximo. Para ello, se debe elegir una cifra, comprendida dentro de un mínimo y un máximo, de entre unas veinte que establece la norma para facilitar el trámite. Los cambios en la base de cotización se deben solicitar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Sistemas de previsión
Otra de las herramientas de las que cualquier trabajador se puede valer para asegurase una buena pensión de jubilación, con independencia del tipo de régimen en el que cotice, son los sistemas de previsión. Totalmente compatibles con las prestaciones públicas por jubilación, el trabajador tiene a su disposición los siguientes productos: los planes de previsión asegurados (PPA), los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) y los planes de pensiones.
Para disfrutar de un capital determinado en el momento de la jubilación es necesario empezar a ahorrar desde una edad temprana
En cualquiera de ellos, el capital final del que el titular dispondrá será el resultado de las aportaciones, de la rentabilidad y del plazo de tiempo que transcurra desde su apertura hasta la jubilación del trabajador. Conviene recordar que para poder disfrutar de un capital determinado en el momento de la jubilación es necesario empezar a ahorrar desde una edad temprana. Si desde los 35 años el trabajador se esfuerza por ahorrar 1.500 euros anuales, cuando se jubile podrá contar con un capital de unos 100.000 euros.
Los principales productos de previsión son:
Planes de previsión asegurados (PPA). Son seguros de ahorro y previsión con coberturas y prestaciones, límites de aportaciones y tratamiento fiscal similares a las de los planes de pensiones. La diferencia principal entre los PPA y los planes de pensiones es que los primeros tienen la obligación de establecer una garantía de tipo de interés, por lo que no existe posibilidad alguna de perder dinero. Su rentabilidad depende del comportamiento de los activos en los que se invierten en los mercados financieros.
Planes individuales de ahorro sistemático (PIAS). Se trata de un producto relativamente nuevo y destinado a aquellos ahorradores que tampoco desean estar pendientes de los vaivenes financieros. Su atractivo reside en la disponibilidad que tiene el dinero aportado, ya que puede ser rescatado en cualquier momento. Su fiscalidad no es menos jugosa, cuando el titular decide retirar su ahorro, éste estará libre de tributación si lo recupera en forma de renta vitalicia y han pasado más de diez años desde que lo contrató. En cuanto a la rentabilidad del producto, las entidades ofrecen intereses de rentabilidad muy similares a los de la deuda pública.
Planes de pensiones. Son los más extendidos. La coyuntura económica actual ha provocado que recientemente se haya ampliado el número de supuestos en los que el dinero de un plan de pensiones se puede rescatar. Hasta ahora, el titular debía haber llegado a su edad de jubilación, estar en paro desde hacía más de un año, tener una enfermedad grave o ser discapacitado o persona dependiente para poder retirar sus aportaciones. Desde el pasado mes de febrero, los parados que agoten su prestación por desempleo, o los que no tengan derecho a la misma, pueden rescatar su dinero del plan de pensiones. Y es que precisamente ése es lado negativo de este tipo de producto, su categoría de intocable. Lo mejor: la atractiva fiscalidad de los planes de pensiones que permite que los titulares menores de 49 años se deduzcan de la base imponible hasta 10.000 euros.
YO TODAVÍA NO ME JUBILO
Quizás sea una medida con poca aceptación o inviable en función del estado de salud del trabajador, pero retrasar el retiro profesional es una opción que asegura una pensión de jubilación algo más alta. Desde el mes de enero de 2008, cualquier trabajador puede posponer su jubilación y aplazarla a una edad posterior a los 65 años. La ventaja económica es notable: cuanto más tiempo tarde una persona en entrar en el sistema de cobro de pensiones, menos le costará a las arcas del Estado. Sin embargo, pese a los incentivos económicos que se otorgan a quien decide aparcar su jubilación para otro momento no es una fórmula que goce, por el momento, de mucho éxito.
La elección de jubilarse más tarde de lo establecido tiene compensaciones económicas para el trabajador que decide permanecer en activo. Cuando se accede a la pensión con más de 65 años, la Seguridad Social bonifica con un porcentaje adicional del 2% por cada año completo trabajado desde la fecha en la que se cumplieron los 65, hasta el momento en el que finaliza la actividad laboral. De esta manera, la cuantía de las pensiones crece. Este porcentaje puede llegar incluso al 3% si el trabajador acredita 40 años de cotización en el momento de cumplir 65 años.

2 comentarios:

Carmen dijo...

Yo tengo un plan de pensiones hecho por lo que pueda pasar.

No sé si para cuando yo me jubile seguirá existiendo la Seguridad Social y tendremos jubilación... por si acaso.

Un besito y feliz finde amigo

Currini dijo...

Carmen, eres estupenda pues piensas en todo hasta en el plan de pensiones. Precisamente mi intencionalidad es que la gente joven se haga ahora un plan de pensiones "bien estudiado" y para vosotros si que os puede servir el dia de mañana de bastante. Nunca se sabe lo que va a suceder pero la Seguridad Social estará siempre ahí para remediar cosas.
Acabo de dejar una entrada sobre el miercoleo de esta semana. Las tortas estában riquíiiiisimas.

Cuando describí el viaje de Lloret de Mar entre tantas fotos puse algo sobre tí pero no me has comentado nada.

Estoy atareadillo con los ultimos toques de la prueba del libro.

Una brazo grande y que te lo pases bien este fin de.


Currini