viernes, enero 21, 2011

COMPETENCIA ABRE UN EXPEDIENTE A TELEFÓNICA,VODAFONEY ORANGE POR POSIBLES PRECIOS EXCESIVOS EN MENSAJES CORTOS.


Esta conducta se habría registrado en los servicios mayoristas de originación y de terminación de mensajes cortos SMS y MMS de ámbito nacional en sus redes de telefonía móvil

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra Telefónica Móviles, Vodafone España y France Telecom España (Orange), por una posible conducta de aplicación de precios excesivos en los servicios mayoristas de originación y terminación de mensajes cortos SMS y MMS de ámbito nacional en sus redes de telefonía móvil.

La CNC ha explicado que según la información recogida en el expediente, se desprenden indicios de que los operadores señalados habrían incurrido en una conducta consistente en la aplicación de precios excesivos en los servicios mayoristas de originación y de terminación de mensajes cortos SMS y MMS de ámbito nacional en sus redes de telefonía móvil. Esta conducta supondría un posible abuso de posición de dominio, prohibido en el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y en el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Los servicios mayoristas de originación de mensajes son servicios de interconexión que los operadores móviles con red de acceso propia (OMR) prestan a los operadores móviles virtuales (OMV) a los que ofrecen servicios de operador anfitrión. Mediante estos servicios se entregan al OMV los mensajes cortos generados por los terminales de sus clientes en la red de acceso del operador anfitrión.

En cuanto al servicio mayorista de terminación de mensajes cortos, es un servicio de interconexión, ofrecido por cada uno de los operadores móviles, que permite la terminación de mensajes cortos dirigidos hacia sus clientes y originados en las redes de otros operadores, explicó el organismo presidido por Luis Berenguer.

La CNC recuerda que la incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.

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