En el blog " Historias de Mi Tierra" he leido este artículo de opinión que me ha parecido bastante interesante por la reflexión que se hace de la elección de los representantes de las "ELAS" en los municipios que tratan de conseguir pasito a pasito su independencia del ayuntamiento matriz:
""""""Leyendo un artículo de opinión sobre San Pablo de Buceite, me han venido a la mente las mismas dudas que me asaltan cuando uno se para a pensar en el funcionamiento de su Junta Municipal de Distrito. Un órgano “descentralizado” que se creó en su día, para justificar tal vez la consecución de un expediente de ELA aprobado mucho antes, y que otorgaba ciertas competencias (principalmente festejos) a un órgano colegiado con una composición teóricamente plural.
En teoría, este órgano colegiado estaría compuesto por un presidente (en mi opinión mal llamado por algunos Alcalde), unos representantes de distintos partidos y otros de asociaciones del municipio. Esa es la teoría, pero en la práctica los partidarios de este órgano parecen apostar por el “todo en uno”. Es decir, que el presidente, elevado a la categoría de Alcalde, pueda decidirlo todo sin que la Junta Municipal de Distrito tenga siquiera que reunirse.
Con las lógicas lagunas que puedan surgir por la distancia, es la única explicación que se me ocurre cuando al parecer la Junta apenas se convoca una vez al año, mientras su presidente dicta cuanto quiere en ¿representación? de la misma. Todo por la Junta pero sin la Junta… ¿es propio de alcaldes o de dictadores esa forma de actuar?
Entiendo que, máxime en estos tiempos en que la composición política local obliga, por primera vez en la historia, a buscar acuerdos entre todos, algunos se agarren al último reducto de poder que les quede, pero quedan demasiado en evidencia dictando todo sin convocar siquiera al órgano al que supuestamente representan. Tal vez no deberían olvidar que al igual que hay presidentes en funciones, también hay vocales en funciones, por lo que nadie está legitimado a dictar órdenes sin contar con el resto de la Junta, salvo que todo eso de la participación y los órganos administrativos sólo sea un paripé para salir en la foto.
En cualquier caso, igual que no es correcto el uso del término “Alcalde” para el presidente de la Junta Municipal de Distrito (es más, es ilegal según la última Ley de Autonomía Local, aunque para muchos sólo quieran leer las partes que les gusten), tampoco es correcto decir que lo eligen los Sampableños. En realidad, al contrario que por ejemplo en Tesorillo, no eligen a una persona si no a un partido, y es éste quien elige al futuro presidente de la Junta Municipal de Distrito. Tanto es así que el partido podría cambiarlo cuando quisiera…. ¿dónde está el derecho de esos ciudadanos a elegir en una votación a su representante? """""
En teoría, este órgano colegiado estaría compuesto por un presidente (en mi opinión mal llamado por algunos Alcalde), unos representantes de distintos partidos y otros de asociaciones del municipio. Esa es la teoría, pero en la práctica los partidarios de este órgano parecen apostar por el “todo en uno”. Es decir, que el presidente, elevado a la categoría de Alcalde, pueda decidirlo todo sin que la Junta Municipal de Distrito tenga siquiera que reunirse.
Con las lógicas lagunas que puedan surgir por la distancia, es la única explicación que se me ocurre cuando al parecer la Junta apenas se convoca una vez al año, mientras su presidente dicta cuanto quiere en ¿representación? de la misma. Todo por la Junta pero sin la Junta… ¿es propio de alcaldes o de dictadores esa forma de actuar?
Entiendo que, máxime en estos tiempos en que la composición política local obliga, por primera vez en la historia, a buscar acuerdos entre todos, algunos se agarren al último reducto de poder que les quede, pero quedan demasiado en evidencia dictando todo sin convocar siquiera al órgano al que supuestamente representan. Tal vez no deberían olvidar que al igual que hay presidentes en funciones, también hay vocales en funciones, por lo que nadie está legitimado a dictar órdenes sin contar con el resto de la Junta, salvo que todo eso de la participación y los órganos administrativos sólo sea un paripé para salir en la foto.
En cualquier caso, igual que no es correcto el uso del término “Alcalde” para el presidente de la Junta Municipal de Distrito (es más, es ilegal según la última Ley de Autonomía Local, aunque para muchos sólo quieran leer las partes que les gusten), tampoco es correcto decir que lo eligen los Sampableños. En realidad, al contrario que por ejemplo en Tesorillo, no eligen a una persona si no a un partido, y es éste quien elige al futuro presidente de la Junta Municipal de Distrito. Tanto es así que el partido podría cambiarlo cuando quisiera…. ¿dónde está el derecho de esos ciudadanos a elegir en una votación a su representante? """""
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